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Septiembre 2023

APARTADOS DEL BOLETÍN

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En este número de septiembre, el área fiscal hace hincapié en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que reúne incentivos y penalizaciones fiscales mediante la modulación del incremento de la reducción por alquiler de vivienda en el IRPF cuando concurran determinados requisitos e introduce recargos en el IBI, en función del tiempo de desocupación y del número de viviendas desocupadas del mismo propietario en el término municipal: Primera ley estatal reguladora del derecho a la vivienda: modificaciones en IRPF e IBI.

Sistema público de pensiones tras la reforma: novedades en materia de jubilación demorada y jubilación de personas con discapacidad, es el título del artículo laboral. El sistema definitivo de jubilación demorada entró en vigor el pasado mes de mayo, a través del Real Decreto 371/2023, que desarrolla la fórmula de cálculo del complemento económico. Por otro lado, el Real Decreto 370/2023 modificó el Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, aplicable a la jubilación de las personas con discapacidad.

Por lo que se refiere a la materia contable, en este número de septiembre nos vamos a centrar en la tercera consulta que el BOICAC 133 sacó publicada en la página web del ICAC. Esta consulta versa sobre el tratamiento contable de la compensación de gastos derivados del trabajo a distancia, tan en alza en los últimos años desde la aparición de la pandemia, que contribuyó a que este tipo de relación laboral comenzase a implantarse como alternativa a la modalidad presencial que hasta ese momento era la principal manera de prestación de los servicios laborales: Tratamiento contable de la compensación de gastos derivados del trabajo a distancia.

Y, por último, el apartado mercantil desgrana un tema de gran importancia a la hora de la disolución de una empresa por parte de los pequeños empresarios: No disolver la empresa puede pagarse caro. El número de negocios que han tenido que bajar la persiana ha superado el mayor registro existente hasta la fecha. Tras lo vivido en los últimos años en los que, como bien sabe, se han encadenado crisis que han dejado sin aire a muchas empresas, especialmente a las pequeñas y medianas, es necesario adoptar la decisión de disolución con rapidez y evitar la insolvencia. No hay que esperar hasta el último momento, cerrar un negocio no es gratis, cuesta dinero y el tiempo apremia.

En el apartado de normativa respondemos a diez cuestiones laborales sobre la protección al informante, a raíz de la publicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que viene a complementar la información dada en el artículo laboral del número anterior de mayo. Las empresas tenían hasta el 13-6-2023 para cumplir con las obligaciones legales de dicha norma, salvo las que tienen más de 50 trabajadores y menos de 250, cuyo plazo se amplía hasta 1-12-2023.

Esta publicación no aceptará responsabilidades por las pérdidas ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado de las informaciones contenidas en el boletín. DL: M 15101-2012.