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Ejemplo: "Obligaciones del empresario"

21

mar.

EMPLEO INFORMARÁ A LOS TRABAJADORES MAYORES DE 50 AÑOS DE UNA ESTIMACIÓN ANUAL SOBRE SU PENSIÓN

El Ministerio de Empleo baraja comenzar a remitir desde 2014 a los trabajadores a partir de 50 años una carta o informe anual sobre cuál será la cuantía de su pensión desde el momento de la jubilación de acuerdo con parámetros que aún están por determinar, para dar así desarrollo a uno de los mandatos incluidos en la última reforma de las pensiones.

Así lo ha avanzado el secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos, que ha querido dejar claro que esta información será una mera "orientación" y para nada tendrá "efectos jurídicos".

Burgos ha resaltado también que todo el diseño de este proyecto está sujeto a cambios puesto que se trata de un proyecto de gran envergadura. "Somos conscientes de que supone cambiar la relación de los ciudadanos con el sistema, por eso hay que hacerlo de forma progresiva", ha dicho.

Esta cambio de relación, ha ahondado, será "fundamental" para dar un paso hacia una cultura de mayor "conocimiento, sensibilidad y compromiso" de los ciudadanos con sus pensiones. De hecho, Empleo también sopesa incluir en la carta otras informaciones como los recursos del sistema o posibles cambios legislativos y cambiar el sistema de nóminas para incluir información sobre cómo se reparten las obligaciones de cotización entre el trabajador y el empresario para que "el ciudadano conozca a qué se dedica el dinero de las cotizaciones".

Por otro lado, Burgos ha señalado que la puesta en marcha de este sistema de información supone "un desafío técnico organizativo con pocos precedentes" en la Seguridad Social,

En este punto, ha justificado que se empiecen a realizar estos envíos a personas a partir de los 50 años. A su juicio, se trata de una edad "razonable" en la que aún hay capacidad para tomar decisiones, pero que permite construir un sistema de información no tan costoso como el que derivaría de extender estas comunicaciones a todos los trabajadores.

En cualquier caso, ha señalado que ese umbral de 50 años es "el comienzo" con lo que previsiblemente se irá incrementando el nivel de cobertura en los próximos años.

En este capítulo de costes, Burgos ha confiado en que la puesta en marcha de estos cambios acarree "los menos posibles" para la Administración porque "el sistema no está para gastos innecesarios".

Europa Press

19

mar.

EL GOBIERNO TRABAJA EN LA REFORMA LEGAL PARA PUBLICAR INCUMPLIMIENTOS FISCALES "RELEVANTES"

El Gobierno ha confirmado que sigue trabajando en un proyecto de ley que modifique la Ley General Tributaria con el objetivo de permitir la publicación de listados de "obligados tributarios" que hayan incurrido en incumplimientos fiscales "relevantes", pero no da una fecha concreta para su remisión al Parlamento.

Así lo asegura en una respuesta escrita al portavoz económico de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA), Alberto Garzón, a la que ha tenido acceso Europa Press. En su pregunta, el diputado preguntaba por las previsiones del Gobierno para poder publicar una lista de defraudadores, así como por la posibilidad de hacer pública también la relación de empresas que eluden el pago de impuestos a través de sociedades en otros países.

Aunque en su respuesta el Ejecutivo no compromete ninguna fecha para esta modificación normativa, sí precisa que es obligada dado que el artículo 95 de la ley vigente "dispone el carácter reservado de los datos informes o antecedentes en poder de la Administración Tributaria", que "no pueden cederse ni comunicarse" más que en determinados supuestos.

Dado que entre esas excepciones no se incluye la comisión de incumplimientos tributarios, el Gobierno prevé recoger en un proyecto de ley, que será remitido "próximamente" al Congreso, esa posibilidad, tal y como anunció el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, el pasado mes de diciembre, fijando incluso la publicación de la lista para el primer trimestre de este año. Sin embargo, ese plazo tuvo que ser revisado dado que las modificaciones necesarias para hacer posible la publicación requieren de una normativa con rango legal, al afectar a la Ley General Tributaria y a la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Sin embargo, los Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) creen que esta medida no será "muy efectiva" dado que una parte de los que aparecerán en la lista serán defraudadores con sentencia firme por delito fiscal y, por tanto, información de acceso público. Por ello, recomiendan incluir también a los contribuyentes que se dedican a pedir aplazamientos y a hacer todo tipo de triquiñuelas legales para no pagar a Hacienda.

Además, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, explicó el pasado 5 de marzo que en este listado no se incluirán los nombres de los beneficiarios de la amnistía fiscal, porque eso supondría incumplir la ley, aunque reconoció que sí se están estudiando diversas modificaciones legales para dar publicidad a la lista de grandes defraudadores.

Europa Press

11

mar.

PORTAL EUROPEO DE MOVILIDAD PROFESIONAL EURES

En estos tiempos de profunda crisis económica en la que muchos jóvenes tienen que buscarse un futuro profesional fuera de nuestro país, cobran especial importancia la ayuda, orientación y asesoramiento que nos pueden ofrecer servicios web como el de EURES, el portal europeo de la movilidad profesional.

http://ec.europa.eu/eures/home.jsp?lang=es

El propósito de EURES es proporcionar servicios de información, asesoramiento y contratación/colocación (búsqueda de empleo) a los trabajadores y empresarios (que deseen contratar o que vayan a desplazar trabajadores al extranjero), así como a cualquier ciudadano que desee beneficiarse del principio de la libre circulación de las personas.

Ofrece una forma fácil de encontrar información sobre las oportunidades de empleo y aprendizaje en Europa, ofertando vacantes de empleo en 31 países europeos, currículos de candidatos interesados, lo que se necesita saber para vivir y trabajar en el exterior, y mucho más.

Las ofertas de empleo publicadas en el portal proceden de los servicios públicos de empleo europeos. EURES es su herramienta para dar a conocer los puestos de trabajo que los empresarios estén interesados en cubrir con trabajadores de otros países europeos.

También se ofrece información para las empresas que necesitan desplazar trabajadores a otro Estado en el apartado "Contratación de personal en otros países", donde está disponible una lista de control de lo que se debe saber antes de contratar personal de otros países.

Portal de Actualidad CISS

7

mar.

EL ICO DESTINARÁ 300 MILLONES DE EUROS A LA FINANCIACIÓN DE PYMES ESPAÑOLAS Y LATINOAMERICANAS

El Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) ha aprobado un crédito por importe de 300 millones de euros a favor del Instituto de Crédito Oficial (ICO), destinado a la financiación de pymes españolas y latinoamericanas.

El CAF, que ha otorgado financiación a empresas y bancos españoles por más de 5.000 millones de dólares en los últimos 15 años, destaca que con esta nueva facilidad se busca ampliar el apoyo a empresas que estén en proceso de expandir sus negocios en América Latina, así como también a empresas latinoamericanas que deseen incrementar operaciones en España.

El crédito aprobado por CAF pone el énfasis en la financiación de inversión productiva, importación y exportación de bienes y servicios de empresas españolas para Latinoamericana y viceversa; y garantías para empresas en procesos de licitación.

El Banco de Desarrollo de América Latina tiene como misión impulsar el desarrollo sostenible y la integración regional, mediante la financiación de proyectos de los sectores público y privado, la provisión de cooperación técnica y otros servicios especializados. Constituido en 1970 y conformado en la actualidad por 18 países de América Latina, El Caribe, Europa y 14 bancos privados, es una de las principales fuentes de financiación multilateral.

Europa Press

6

mar.

EL GOBIERNO ESTUDIA QUE SE PUEDAN CONSTITUIR EMPRESAS CON SÓLO UN EURO DE CAPITAL SOCIAL

El Gobierno estudia permitir la constitución de empresas aportando sólo un euro de capital social, frente a los 3.000 euros que se necesitan actualmente para fundar una sociedad limitada, que es la forma jurídica a la que suelen recurrir las pequeñas y medianas empresas.

Eso sí, el Ejecutivo baraja que en el plazo de seis meses a un año, la nueva sociedad tenga que haber llegado a esos 3.000 euros de capital mínimo, ya sea mediante aportaciones materiales o económicas.

El proyecto de ley de emprendedores contendrá muchas otras medidas para que sea más fácil poner un negocio. Así, se simplificarán los trámites administrativos, como las licencias, se mejorará la financiación y se pondrá en marcha la figura del autónomo de responsabilidad limitada, por la que será inembargable la vivienda habitual y los materiales necesarios para el ejercicio de la actividad.

Lo que discute ahora el Gobierno, según las fuentes consultadas por Europa Press, es la cuantía de la deuda a partir de la cual no se podrá embargar la vivienda y otros bienes materiales necesarios para el emprendedor. Las organizaciones de autónomos han planteado 6.000 euros de límite, pero aún está por ver si el Ejecutivo aceptará esta cifra.

Las organizaciones de autónomos han pedido además que haya una cantidad mínima vital inembargable, similar al salario mínimo interprofesional, en aquellos casos en los que se estén embargando todos los ingresos de un autónomo para saldar una deuda.

Además, se quiere ayudar a aquellos emprendedores que no hayan tenido éxito en su primera iniciativa empresarial para que puedan liberarse de las cargas y tener así una segunda oportunidad. Para ello, el Gobierno tiene la intención de establecer un nuevo procedimiento concursal para los emprendedores, implantando la figura de un árbitro o mediador antes de que los casos lleguen al juzgado.

La idea es que en este arbitraje se pueda conseguir un acuerdo sobre las cantidades adeudadas, con posibles paralizaciones o aplazamientos de procesos ejecutivos (por ejemplo, exonerando de recargos e intereses en un periodo de tiempo determinado).

Europa Press

4

mar.

OPINIÓN DE LOS ASESORES FISCALES ACERCA DE LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE CUENTAS EN EL EXTRANJERO

La Asociación de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (ASEFIGET) ha advertido de que la obligación de informar de cuentas y bienes en el extranjero puede suponer un importante perjuicio para los 6 millones de inmigrantes residentes en España y que aún tengan abiertas cuentas en sus países de origen.

En un comunicado, ASEFIGET indica que la medida, que limita a 50.000 euros el importe de los bienes a declarar, también puede afectar a aquellos españoles que, en su día, trabajaron fuera de España y dejaron alguna casa o cuenta bancaria abierta en el otro destino, ya que también tendrán la obligación de declarar dichos bienes porque la medida afecta a cualquier persona física o jurídica residente en España (que viva en territorio nacional más de 182 días al año y/o tengan aquí a su familia o su negocio).

Para ASEFIGET, la declaración de bienes en el extranjero, “además de tremendamente compleja” por la multitud de supuestos que abarca, tiene que presentarse vía telemática y de no ser así, será motivo de sanción.

En concreto, indica que si la declaración se presenta fuera de plazo o con algún error en los requisitos requeridos, la sanción mínima será de 1.500 euros, mientras que si se elude la obligación de presentarla y la Agencia Tributaria lo detecta, la multa asciende a un mínimo de 10.000 euros.

Además, en este segundo caso Hacienda interpretará los bienes no declarados en concepto de ganancia patrimonial; es decir, que aunque esos bienes pertenezcan al contribuyente con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, la Agencia Tributaria lo computará como si se tratara de un ingreso en la renta de este año.

De este modo, si no se presenta a declaración, el contribuyente responderá por la cuantía no declarada pagando por tres conceptos: lo que le corresponde por la renta a liquidar, las sanciones correspondientes al protocolo sancionador por no haber liquidado la renta en la forma y plazos correspondientes y las sanciones por el régimen sancionador específico de la obligación de información de bienes en el extranjero.

Europa Press