ABACUS ACCOUNTING, S.L.

NO HAY PUBLICACIONES

APARTADOS DEL BOLETÍN

Ayuda
x

Ayuda a la busqueda de artículos

La búsqueda se realizará sobre los artículos que pertenezcan a las publicaciones del producto seleccionado.

Si introducimos más de una palabra, el resultado de la búsqueda será todos los artículos que contengan al menos una de las palabras.

Si introducimos varias palabras entre comillas, el resultado de la búsqueda será todo artículo en el que aparezca exactamente la frase escrita en el buscador.

Ejemplo: "Obligaciones del empresario"

El Gobierno extiende hasta febrero de 2022 las ayudas para los autónomos

El Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo extiende hasta el 28-2-2022 las ayudas para los autónomos cuya actividad se vio afectada por la pandemia, dentro de un paquete de medidas que también contempla exoneraciones en las cuotas de la Seguridad Social para los trabajadores por cuenta propia protegidos en el período anterior.

Se estima que unas 226.000 se beneficiarán de estas exoneraciones. Los trabajadores por cuenta propia que continúen con una suspensión temporal de toda su actividad a raíz de las restricciones de las autoridades mantendrán su prestación extraordinaria por suspensión de actividad, equivalente al 70 % de la base mínima de cotización.

Este colectivo también quedará exento de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese período contará como cotizado y será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

La prórroga de las ayudas también sigue vigente para los trabajadores por cuenta propia que presente una caída del 50 % en la facturación del tercer y cuarto trimestre de 2021 en comparación con el mismo período de 2019 y que no haya obtenido entre julio y diciembre de 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 8.070 euros. Además, debe cumplir con el requisito de carencia para acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad.

El Real Decreto-ley contempla la solicitud de prestación extraordinaria para quienes no puedan acceder a las dos ayudas anteriores. En este caso, la prestación será equivalente al 50 % de la base mínima de cotización y el autónomo estará exonerado de abonar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese tiempo le contará como cotizado.

Para acceder a esta prestación, el trabajador por cuenta propia debe presentar una caída de ingresos del 75 % y unos rendimientos netos computables en los dos últimos trimestres de 2021 inferiores al 75 % del salario mínimo interprofesional.

En el caso de los autónomos de temporada, la prestación de este sexto esquema de ayudas es del 70 % de la base mínima. También exige que los ingresos del último semestre de 2021 sean inferiores 6.725 euros.

«Es una transición suave a su activación final, haciendo que se mantengan las exoneraciones a las cuotas de la Seguridad Social hasta enero, en el caso de los autónomos que siguen muy afectados por la pandemia. Las cuatro modalidades de protección que han existido hasta ahora las mantenemos», expresó el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá.

Los autónomos canarios que tengan que suspender o cesar su actividad como consecuencia directa del volcán podrán acceder a una prestación por cese de actividad sin cómputo de los primeros cinco meses de percepción.

Agencia Europa Press

La web de la Seguridad Social permitirá consultar la vida laboral y las bases de cotización

La Seguridad Social ha ampliado los servicios del portal Import@ss, su herramienta digital para la consulta de los datos de los trabajadores, y ahora permitirá también consultar los detalles de su vida laboral en tiempo real y las bases de cotización para calcular sus prestaciones.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha informado que la actualización de este portal habilita al empleado a obtener información sobre su relación laboral con la empresa, con datos como la jornada de trabajo, el tipo de contrato, grupo de cotización, el convenio colectivo de aplicación o la entidad aseguradora.

El trabajador podrá consultar información relativa a la cuota que abona cada mes a la Seguridad Social y el importe que cotiza por ellos la empresa. El portal también incluye avisos de altas anuladas y deudas pendientes con la Seguridad Social.

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, Import@ss les dará ahora acceso a sus datos como autónomos como la fecha del alta, la actividad que desempeñan, la cuota que abona, la entidad aseguradora y las coberturas con las que le protege la Seguridad Social.

Antes de la existencia de Import@ss, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) realizaba una campaña de comunicación de vida laboral y bases de cotización a los trabajadores, mediante un envío anual de cartas. Ahora esa información se proporciona por SMS, por lo que la campaña de la TGSS se centrará ahora en pedir a los ciudadanos que den de alta su teléfono en la Seguridad Social para poder indicarles cómo acceder a este servicio.

Se puede realizar la autenticación de acceso a Import@ss con Cl@ve, certificado electrónico o por SMS, si se ha proporcionado el teléfono a la Seguridad Social.

En caso contrario, el ciudadano puede comunicar su teléfono a la Seguridad Social a través del servicio de atención Te Ayudamos, disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. También se puede solicitar en la web http://run.gob.es/rtvmcd.

Agencia Europa Press

El porcentaje de microempresas que toman medidas de ciberseguridad se dispara hasta el 70 %

EObservatorio Nacional de Tecnología y Sociedad (ONTSI), dependiente de Red.es, ha destacado en su informe que el nivel de España se sitúa por encima de la media de la Unión Europea, ya que es la quinta más digitalizada, solo por detrás de Dinamarca, Suecia, Países Bajos e Irlanda.

Las empresas más digitalizadas son las del sector de la información y las comunicaciones, seguidas por los hoteles y agencias de viaje. Esto sectores son también líderes en aspectos como la penetración de la analítica de big data y el uso de tecnología para el análisis de la información generada por medios sociales.

En general, el informe constata un avance de la digitalización de microempresas y pymes, que, no obstante, siguen estando lejos de los indicadores de las grandes empresas en aspectos como la presencia de perfiles técnicos.

Sin embargo, hay factores donde se observan retrocesos como el uso de servicios de computación en la nube en microempresas, que pasó de un 10,4 % a un 8,6 % en 2020.

Asimismo, se aprecia también la diferencia entre empresas de menos de diez empleados y pymes y grandes empresas en el uso de dispositivos IoT, que pasa del 4,6 % en el caso de las primeras al 16,8 % en el caso de las segundas.

Otra tendencia que constata el ONTSI es que cada vez más empresas dan a sus empleados teléfonos móviles con acceso a Internet, ya que es algo que ocurre en el 77,3 % de pymes y grandes empresas y en el 55,1 % de microempresas (11,5 puntos más que en 2019).

Agencia Europa Press

La Agencia Tributaria podrá acceder al Registro de Titularidades Reales para combatir el fraude fiscal

La Agencia Tributaria y el Colegio de Registradores han firmado un nuevo convenio que permitirá a la Agencia acceder al Registro de Titularidades Reales, ampliando así la información de la que ya dispone en esta materia para combatir el fraude fiscal.

En virtud del convenio, la Agencia podrá consultar y obtener información sobre titularidades reales de participaciones y acciones de las sociedades que figura en el Registro Mercantil.

Según ha destacado el organismo, esta información contenida en el Registro de Titularidades Reales se considera de relevancia para el ejercicio de las funciones que la Agencia Tributaria tiene encomendadas en relación con la lucha contra el fraude fiscal realizado a través de entramados societarios de entidades supuestamente independientes.

El Registro de Titularidades Reales, que nació al amparo de la normativa europea sobre prevención del blanqueo de capitales, recoge la información sobre la titularidad real de personas físicas, de forma directa o indirecta, de más del 25 % del capital social de una entidad, así como, en su caso, información sobre los denominados «titulares reales asimilados» (los administradores).

El acceso a estos datos por parte de la Agencia Tributaria facilitará la detección de conductas fraudulentas de entidades aparentemente no vinculadas entre sí, tales como la facturación recíproca para eliminar beneficios del grupo, el desplazamiento ilícito de rentas hacia entidades sin tributación efectiva, la obtención de devoluciones improcedentes o el alzamiento de bienes.

Refuerzo de las comunicaciones electrónicas mutuas

También como novedad, el convenio avanza en la remisión de información registral sobre entidades, estableciéndose la transmisión electrónica diaria de la información contenida en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, de manera que el Colegio de Registradores trasladará la información del BORME a la Agencia, incluyendo la identificación mediante NIF de las personas jurídicas y, en caso de estar disponible, también de las personas físicas.

A su vez, el convenio puede establecer procedimientos más avanzados de comunicación electrónica entre las dos partes. Así, se articula la remisión de la comunicación por la Agencia Tributaria a los Registros Mercantiles de los acuerdos de baja provisional y las correspondientes rehabilitaciones en el Índice de Entidades, o el procedimiento electrónico para la presentación en el Registro Mercantil de la declaración de fallido de entidades inscritas.

Esta mejora de la comunicación electrónica alcanzará también a la comunicación al Registro Mercantil de la revocación o rehabilitación del NIF asignado a personas jurídicas o entidades y a la presentación de los documentos relativos a embargos practicados por la Agencia. También se establece la utilización del canal electrónico registral para el envío de requerimientos de información a los registradores.

Agencia Europa Press